Resumen: La Sala acuerda la nulidad parcial de la Orden recurrida, por no motivar la imposición de los servicios mínimos en relación con teleoperadoras y teleoperadores y teniendo muy en cuenta que anteriormente se dictó la Orden de 22 de enero de 2021 de la Vicelehendakari Segunda y Consejera de Trabajo y Empleo, que imponía unos servicios esenciales menos gravosos para los trabajadores. No procede la indemnización por daño moral al no haberlo acreditado.
Resumen: PRIMERO.- Ejercita la entidad demandante SGAE acción de reclamación de daños y perjuicios por la comunicación pública y reproducción de obras llevada a cabo por el demandado sin su autorización, y las entidades AIE y AGEDI acción de indemnización en concepto de remuneración equitativa y única por la comunicación pública de fonogramas llevado a cabo por la demandada y además esta última por el derecho de reproducción infringido, todo ello al amparo de lo dispuesto en el art. 140 TRLPI, además de arts. 17, 18, 20, 108, 115 y 116 TRLPI.
Resumen: Se cuestiona en el proceso una resolución que impone, a un funcionario de Instituciones Penitenciarias, una sanción de nueve meses de suspensión de funciones por la comisión de una infracción grave. Suspesión de plazos por mor de lo dispuesto en la Disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020. Tipicidad: la acepción rendimiento debe ser entendida como toda aquella violación de diligencia debida, y en principio, prolongada en el tiempo, salvo supuestos de gravedad suficiente. La aplicación del tipo correspondiente a la falta de rendimiento, exige una apreciación continuada de falta de laboriosidad, actitud o dedicación, la concurrencia de la habitualidad no es esencial, pues en contra de lo que ocurre en otras normativas el tipo no exige la habitualidad o continuidad en la falta de rendimiento, siendo posible que un hecho aislado, suponga por sí mismo una incumplimiento notorio y grave del grado de diligencia exigible en la prestación del servicio debido y por ello pueda ser calificado de falta de rendimiento debido. Se sanciona como falta de rendimiento supuestos de infracción concreta del deber de diligencia. Puede existir falta de rendimiento cuando existe una omisión consciente y grosera de la actividad mínima precisa. Presunción de inocencia: prueba de cargo efectivamente existente a la luz de las distintas declaraciones testificales existente en el Expediente Disciplinario incoado. Desestimación del recurso contencioso-administrativo.